martes, 21 de septiembre de 2010

Caso práctico

Aunque formalmente el primer día lectivo era ayer, de hecho es hoy cuando ha empezado el curso en la Facultad de Derecho, así que les propongo un caso práctico; de laboratorio, claro: cualquier parecido con la realidad es culpa de la realidad.

Caso práctico: Imaginen una empresa de tamaño medio. A principios de año, la empresa fija el calendario de vacaciones que incluye la distribución de los turnos de verano para los diversos trabajadores, y que en ese momento nadie impugna. A uno de los trabajadores, Cayo-Ticio Pompiliano, le correspondió el primer turno del mes de agosto, que disfrutó merecidamente con su familia en una playa de la Costa Dorada.

Después de las vacaciones, Cayo-Ticio se reincorporó a su trabajo y semanas después cayó en la cuenta de que, en su opinión, la distribución de las vacaciones veraniegas que había hecho la empresa no le beneficiaba, por lo que decidió impugnar el calendario fijado por la empresa y solicitar que se le otorgue un nuevo periodo vacacional, que pasaría a disfrutar en los próximos días.

Cayo-Ticio acude para ello a la sección sindical correspondiente, que se hace cargo de la representación y defensa procesal de sus derechos e intereses legítimos, e interpone la correspondiente demanda contra la empresa ante los Juzgados de lo Social.

Cuestiones para el debate: ¿Considera razonable la solicitud de Cayo-Ticio?¿Considera razonable que la organización sindical interponga semejante demanda —con la consiguiente inversión de tiempo y recursos por su parte, por la parte demandada, la organización judicial, etc.?¿Cómo la calificaría, desde un punto de vista jurídico y social?

1 comentario:

  1. Habida cuenta de que la primera quincena fue bastante mala en la Costa Dorada creo que toda la razón está del lado de Cayo-Ticio ya que no pudo disfrutar de sus vacaciones como se merecía. Y desde luego la culpa era de la empresa por el mal reparto de las vacaciones.

    El sindicato, además de la demanda por la perversa asignación del calendario vacacional, debería presentar otra por un delito de ofuscación solar con precipitaciones intermitentes que ha perjudicado gravemente el constitucional (e incluso divino) derecho al descanso de Cayo-Ticio puesto que en todo caso la empresa debe velar por la salud del trabajador y en el que nos ocupa, evidentemente, no se tomaron las precauciones necesarias para proporcionar al trabajador un reposo adecuado.

    Es obvio que el tiempo y los recursos que se van a gastar en esta demanda están muy mal empleados: la empresa es culpable y un expediente expeditivo, sin audiencia de parte ni todas esas zarandajas de leguleyo, sería lo apropiado. Con una carta firmada por el conserje del hotel en el que se alojó Cayo-Ticio debería ser suficiente para que la empresa estuviera obligada a resarcir al trabajador. Eso sí, que la carta lleve el membrete del hotel, para evitar la picaresca.

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