jueves, 2 de diciembre de 2010

Arbitrariedad

Hace muy pocos días, llegó la información sobre la convocatoria de una institución pública universitaria (no diremos cuál, para que nadie se dé por aludido) para proponer cursos y actividades para una Universidad de verano. El plazo finalizaba el próximo día 10 de diciembre, lo que a todas luces parecía un periodo de tiempo exiguo para poder diseñar y proponer cursos en las debidas condiciones (que exige pensar un programa razonable, contactar y acordar con los ponentes adecuados, buscar la financiación necesaria, etc.). Cabía pensar que en la convocatoria había un error, que en realidad se tratara del 10 de enero (la fecha habitual), de manera que una compañera se puso en contacto con los responsables del programa para averiguar si así era. La respuesta, en varios tiempos y llamadas fue que no, que no había un error, pero que vamos, que total, como la Comisión correspondiente se reunía el 10 de enero, pues que si ella lo presentaba más tarde no tenía por qué haber problema. ¿No tenía por qué haberlo?¿pero podría haberlo?¿Y el resto de los posibles proponentes que no hablaron por teléfono con esa persona?¿podrán enviar sus propuesta también fuera del plazo establecido en al convocatoria? Y si es así, ¿para qué está el plazo en la convocatoria?

1 comentario:

  1. Esta es tu línea de pensamiento que más me gusta.

    La arbitrariedad de las administraciones públicas no puede considerarse a priori como un mal generalizado pues esa arbitrariedad es siempre fruto de la acción o inacción de una persona concreta pero son tantas las veces en las que nos enfrentamos a situaciones como la que describes que resulta difícil resistirse a pensar que la arbitrariedad es un elemento inherente al sistema.

    Lo dicho, cada vez te veo más satisfactoriamente liberal...

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