jueves, 13 de mayo de 2010

Pájaros nicas

Ayer nos visitó Mercedes, de Nicaragua, y nos contó el proyecto JYNCE, en el barrio San Judas de Managua, en el que vive y trabaja. Hoy me ha tocado participar en un curso de formación de Cáritas-Zaragoza. Al acabar, el director nos comenta que es verdad que ahora hay quizás más trabajo por los efectos de la crisis, aunque desgraciadamente ha habido siempre. Hay mucho sufrimiento, nos dice, pero también se nota mucha más generosidad (en términos de colaboraciones, donativos, voluntarios...).

P.S.: Después del generalizado revuelo de ayer, que hoy continúa, me entero que las inevitables medidas que el gobierno propone no son tan inevitables como puede parecer desde un punto de vista técnico —aunque posiblemente nadie nos las vaya a evitar. Por ejemplo, el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda hacía otras propuestas (vease aquí).


miércoles, 12 de mayo de 2010

Ajuste duro

Revuelo generalizado. El presidente del gobierno anuncia en el Congreso una serie de medidas dirigidas a corregir el déficit económico. Entre ellas, una muy importante es la bajada del sueldo de los funcionarios una media de un 5%, lo que quiere decir que para muchos será más. Cirugía inevitable, dicen algunos; ajuste duro, lo definen otros. Quizás sea las dos cosas, no lo discuto, pero no deja de resultar difícil de tragar. Ya se sabe que con las cosas de comer no se juega.

De todas formas, uno puede llegar a asumir la necesidad de ciertos ajustes, pero no deja de resultar llamativo el vaivén y el juego de decisiones en uno y otro sentido. Este mismo año, hace unos pocos meses, el mismo Gobierno firmó un aumento de sueldo de los funcionarios públicos de un 0,3% y ahora que, según se nos dice, estamos saliendo de la crisis, lo que decide es reducirlo una media de un 5%. ¿En qué quedamos? ¿No sabían entonces lo que está pasando? ¿nadie es responsable entonces o ahora? O son tontos o nos toman por tontos. O, segura y desgraciadamente, las dos cosas.

Por otro lado, si se quiere realmente que uno acepte las medidas como algo necesario —en la línea del "estosololoarreglamosentretodos"— en estos casos no está de más predicar con el ejemplo, pero hacerlo de verdad, sin medias tintas ni poses para la galería. En su anuncio de medidas, el presidente del gobierno ha anunciado que ellos también se van a bajar el sueldo un 15%. Qué menos, ¿no presumen de ser funcionarios o servidores públicos? Calculo que ese porcentaje va a ser el mismo que el de muchas otras personas cuyo sueldo real —añadan dietas, complementos, prebendas y otras gaitas— no alcanzará ni a la mitad. Ya lo veremos. Pero no sólo es eso. Hace falta mucho más ejemplo.

Me dice un amigo que, como siempre, la crisis la vamos a pagar los funcionarios. No es verdad, le digo. Hay muchos otros que ya la han pagado, y mucho más que los funcionarios, como los parados o los pequeños empresarios que han visto quebrar su negocio, o los que nunca tuvieron nada ni siquiera antes de la crisis y ahora menos. Pero lo indudable es que hay algunos que nunca la van a pagar. Y entre estos últimos también está el gobierno.

martes, 11 de mayo de 2010

El humilde valor de una fecha

Esta mañana, preparando la edición de un librito ajeno, estábamos buscando una fecha relevante para cerrarlo ("se acabo de imprimir el día tal de tal, conmemoración de cual, en los talleres de..."), una referencia significativa —y en ese caso laica, por supuesto— que sirviera para levantar humilde acta del momento en el que la publicación levó anclas o nació a la vida; y uno cae en la cuenta de la importancia que tiene para nosotros, seres finitos que vivimos en el tiempo, celebrar el tiempo mismo; como este mismo día, once de mayo de 2010 —día de los santos Antimo, Fabio, Anastasio, Susana, Esteban, Longinos, Demetrio, Florencio, Evelio, Poncio y Estela y algunos más— el mismo que nací a la vida hace ya cuarenta y cuatro años. Deo gratia.

lunes, 10 de mayo de 2010

Saber y comprender

Un experto en fútbol no es necesariamente alguien que sepa jugar al fútbol; un experto en filosofía en ocasiones no es una persona sabia, ni un teólogo tiene por qué ser un creyente ni un místico; un especialista en paz y derechos humanos no es automáticamente sinónimo de una persona justa y pacífica... Hemos construido un mundo en el que hemos disociado el conocimiento de la realidad, y hemos confiado su administración a especialistas que a menudo sólo saben, pero no necesariamente comprenden; y a lo mejor no son expertos lo que necesitamos, sino místicos (o las dos cosas)... El economista Manfred Max-Neef escribe que el problema es que sabemos mucho, pero comprendemos poco, y que "sólo podemos pretender comprender aquello de lo cual nos hacemos parte" (El mundo en ruta de colisión y otros escritos).

sábado, 8 de mayo de 2010

La cuestión del velo

En el comentario de hace un par de días, a falta de tiempo y espacio, se me quedó en el tintero que tengo desparramado en la cabeza la cuestión de los símbolos religiosos, a la que hice referencia de pasada; más concretamente la relativa al uso personal, en espacios públicos, de prendas que para los que las llevan tienen un significado cultural o religioso —¿hay alguna prenda que no tenga un significado cultural? El asunto, como se sabe, ha ocupado buena parte de los medios de comunicación en los últimos meses, desde que en el mes de febrero una adolescente decidiera acudir a su instituto con la cabeza cubierta con el hiyab, una práctica prohibida por el reglamento de ese centro, que al parecer limita el uso de prendas en la cabeza en el interior del edificio.

El asunto no es nuevo ni dentro ni fuera de España. En nuestro país ya se planteó en circunstancias muy similares hace unos ocho años, y ahora reaparece de nuevo sin que al parecer sepamos darle una respuesta coherente, inundados por opiniones y tomas de postura y envueltos en argumentos muchas veces contradictorios. No cabe duda que se trata de un asunto complejo —o de un caso difícil— con muchos matices, por lo que no aspiro a darle una solución definitiva, sino únicamente plantear algunos argumentos.

En realidad, hay que recordar que lo que está en juego en el asunto del velo en la escuela es la cuestión de la libertad religiosa y sus límites. No estamos hablando de cualquier cosa, sino de un derecho fundamental reconocido constitucionalmente. Sobre ese derecho, la filósofa Martha Nussbaum identificaba en su último libro seis grandes principios que estructuran el edificio jurídico-político de la libertad de conciencia. En mi opinión, todos esos principios son reconducibles a dos fundamentales: el principio de libertad (cada uno está en su derecho de creer o no creer lo que estime oportuno, de actuar conforme a sus creencias y de ser respetado por ello) y el de igualdad (nadie puede ser discriminado en función de sus creencias). Digo que estos dos son los fundamentales porque el resto de los principios podrían interpretarse como una consecuencia o derivación de los mismos. Por ejemplo, el principio de aconfesionalidad del Estado es una consecuencia lógica de los otros dos: no puede haber religión oficial porque si no se violarian los principios de libertad e igualdad.

Ahora bien, es de perogrullo pensar que como todo derecho, el de libertad religiosa también tiene sus límites, derivados precisamente de la existencia de otros individuos con ese y otros derechos. Así, las prácticas o expresiones religiosas pueden verse limitadas cuando exista una justificación. Por ejemplo: una procesión —al igual que una manifestación— puede exigir ciertas restricciones (sobre el horario, el recorrido, etc.) para garantizar la libre circulación del resto de los ciudadanos; o por razones de salud pública pueden condicionarse determinadas prácticas cultuales. Pero en ambos casos tales prácticas no se limitan por el hecho de ser religiosas, sino por otras razones de peso superior y de carácter general. No siempre es ni ha sido así. Hubo un tiempo en el que darse un baño no era ilegal, pero si lo era bautizar por inmersión, lo que hoy consideraríamos totalmente injustificado. O por llevar la reflexión a un terreno más cercano, la práctica de un deporte de choque en el colegio puede exigir en ocasiones que quienes lo practican no lleven ningún tipo de cadenas al cuello, para evitar posibles accidentes; en este caso, como en otros, la razón de esa norma no estribaría en que tales símbolos expresen una identidad religiosa o cultural, sino en el riesgo que puede suponer portar ese adorno al practicar una determinada actividad física. Una vez más: la limitación no puede derivar del hecho de que esa prenda tenga un significado religioso, sino por otras razones. Y es más, consideraríamos fraudulento que se impusiera una limitación general cuyo objetivo fuera en realidad limitar indirectamente la libertad de determinados individuos (por ejemplo: no sería de recibo una norma que prohibiera portar prendas en la cabeza con carácter general si a la vista de las circunstancias la intención de la misma fuera únicamente evitar que alguien pudiera llevar un hiyab).

Pongamos algún otro ejemplo: en algunas ciudades de Estados Unidos está prohibido, bajo pena de multa, llevar los pantalones caídos enseñando la ropa interior (tal como suelen hacer algunos adolescentes). Sí sí, es cierto (vean aquí). A muchos, la norma nos puede parecer tan ridícula y absurda como la costumbre de llevar los pantalones caídos; y por lo mismo, injustificable. Ahora bien, ¿la consideraríamos justificada por el hecho de que llevar así los pantalones tuviera para esos jóvenes un significado religioso o cultural? (Como si no lo tuviera en realidad, e incluso casi religioso, pero ese, nuevamente, es otro tema). En mi opinión no, estaría aún menos justificada. Por eso, la práctica del velo islámico, como cualquier otro atuendo religioso personal, puede verse limitada si exiten otras razones que justifiquen la limitación de la libertad individual, pero no por el hecho de que se trate de una práctica religiosa. Es más, también habría quienes defenderían —y esto es más complejo— que el hecho de tratarse de una práctica religiosa puede eximir de otras obligaciones. Es otro de los principios de Nussbaum que recoge el derecho norteamericano: el de "accommodation" o excepción de las minorías, según el cual "en ocasiones, algunas veces las personas deben ser eximidas del cumplimiento de normas generales por razones de conciencia".

De todas maneras, muchos pensarán que en el caso que da origen a este comentario (el de la adolescente en el instituto) se dan dos circunstancias que lo complican aún más: el hecho de tratarse de una menor y en el interior de una escuela. ¿Y? ¿Acaso los menores no son titulares del derecho de libertad religiosa?¿y en la escuela no puede ejercerse ese derecho?¿por qué? Discuss.